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Consumo multa a Mercadona por información engañosa en sus tortillas de avena

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha ratificado esta semana una sanción a Mercadona de 30.000 euros por “incorrecta denominación y etiquetado de una tipología de pan es...

Consumo multa a Mercadona por información engañosa en sus tortillas de avena

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha ratificado esta semana una sanción a Mercadona de 30.000 euros por “incorrecta denominación y etiquetado de una tipología de pan es...

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha ratificado esta semana una sanción a Mercadona de 30.000 euros por “incorrecta denominación y etiquetado de una tipología de pan especial” que comercializaban bajo su marca blanca, Hacendado. Se trata de las tortillas de avena 51%, que presentaban tres infracciones.

La sanción económica, de 30.000 euros, tiene su origen en una denuncia de la asociación FACUA-Consumidores en Acción presentada en 2024 por publicidad engañosa en este producto. Su reclamación se refería en concreto al porcentaje de avena de este pan especial: se anunciaba como más de la mitad de la tortilla, cuando la avena apenas suponía una quinta parte de su composición.

La asociación explicó entonces que ese 51% indicado en el etiquetado se había calculado en realidad sobre el total de harinas de cereales que contenía el producto, un 42% del total. " Es decir, la tortilla se compone en un 42% de harinas de cereales y de ese porcentaje, un 51% corresponde a la harina de avena. Por tanto, la cantidad real de avena que posee la tortilla es en torno a un 21%“, informaron en un comunicado.

Consumo ha fallado a favor de la organización de consumidores y ha condenado a Mercadona por tres infracciones: la incorrecta denominación de un pan especial en relación con el porcentaje de harina integral que incluía, no incluir los datos de contacto de la empresa que comercializa el producto y llevar a engaño al consumidor sobre la cantidad real de cereal integral. Cada una de estas infracciones acarrea una multa de 10.000 euros, lo que asciende la suma total a 30.000 euros.

Así debe etiquetarse el “pan especial”

Consumo ha recordado en un comunicado que los panes especiales con forma de tortilla, como el sancionado en este caso, deben llevar la denominación “tortilla de”, seguido del nombre del cereal o cereales presentes en el producto. “En la denominación de una tortilla no se puede incluir referencia exclusivamente a uno de los tipos de cereal que contenga el producto, independientemente de que los cereales utilizados sean integrales o refinados”, explican en la nota.

Hasta ahora, Mercadona referenciaba solo la harina de avena presente en estas tortillas, la principal dentro de su composición. El nombre debería haber incluido igualmente la harina de trigo, que supone el 49% de los cereales de estas tortillas. El artículo contiene también harina de lenteja, sin indicar en qué porcentaje. “El consumidor no puede inferir el resto de ingredientes presentes en el producto en ausencia de alusión a los mismos”, explican desde Consumo.

Es una norma que se aplica solo para panes especiales y no al pan común, puesto que en la elaboración del primero se permite el uso de diferentes materias primas, como harinas tratadas, leche, huevos, fruta..., unos ingredientes que no se admiten en el pan común.

Consumo ha recordado igualmente que el etiquetado de los productos debe incluir el nombre o razón social y la dirección del operador de la empresa alimentaria responsable de la información del producto. El objetivo de esta normativa es que los consumidores puedan diferenciar el origen empresarial de los artículos que compran.

Fuente: https://www.infobae.com/espana/2026/05/29/consumo-multa-a-mercadona-por-informacion-enganosa-en-sus-tortillas-de-avena/

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