Informe de Contraloría confirma alertas sobre contrato de Galaga: ONPE aplicó regla no prevista en licitación electoral
Los cuestionamientos por el contrato adjudicado a Servicios Generales Galaga S.A.C. para el traslado de material electoral no nacieron con el ...
Los cuestionamientos por el contrato adjudicado a Servicios Generales Galaga S.A.C. para el traslado de material electoral no nacieron con el último informe de la Contraloría. Desde la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026, la empresa ya estaba bajo la lupa por los retrasos registrados en la distribución de material y por haber ganado una contratación millonaria pese a que existían propuestas económicas más bajas.
Lo nuevo es que ahora esas alertas aparecen ordenadas en un Informe de Control Específico de la Contraloría General de la República, que no solo reconstruye cómo se evaluó la licitación, sino que identifica el punto que habría inclinado la calificación: la ONPE aplicó un criterio que no figuraba en los términos de referencia para evaluar los vehículos ofertados por los postores.
El informe que ordena las alertas sobre GalagaSegún el Informe de Control Específico N.° 8536-2026-CG/JUSPE-SCE, la buena pro fue otorgada a Servicios Generales Galaga S.A.C. por S/6.368.332,75. Sin embargo, el Consorcio AFE había presentado una propuesta por S/5.898.928,66, es decir, S/469.404,09 menos que la oferta finalmente ganadora. También Hermes Transportes Blindados S.A. ofertó un monto menor al de Galaga, con una diferencia de S/168.148,19.
El servicio contratado era clave para la jornada electoral: consistía en trasladar material electoral, equipos informáticos e implementos hacia los locales de votación de Lima Metropolitana y Callao. No era una contratación marginal. De ese despliegue dependía que los locales recibieran a tiempo los insumos necesarios para instalar mesas y operar durante la primera vuelta.
La Contraloría señala que el requerimiento fue elaborado por áreas de la ONPE vinculadas a la producción y gestión electoral. En los términos de referencia se estableció que el postor debía contar, como mínimo, con 40 vehículos propios. Sin embargo, el órgano de control advierte que la entidad no determinó previamente cuántas unidades eran realmente necesarias para cumplir con el servicio.
Ese vacío terminó siendo importante porque el proceso incluía un factor de evaluación denominado “Mejoras a los términos de referencia”, que otorgaba puntaje adicional según la cantidad de vehículos ofrecidos por los postores. En una contratación competida, esos puntos podían definir quién ganaba.
Y, según la Contraloría, eso fue lo que ocurrió.
La regla que no estaba en las basesEl punto central del informe no es solo que Galaga haya ganado con una oferta más cara. Ese dato ya formaba parte del debate público. Lo que ahora detalla la Contraloría es el mecanismo usado durante la evaluación: se aplicó una regla que no estaba prevista en las bases del procedimiento.
De acuerdo con el documento, durante la revisión de las propuestas se decidió descontar dos metros al largo de determinados vehículos para calcular su capacidad mínima. Esa reducción no figuraba en los términos de referencia ni en las reglas de la convocatoria, pero fue usada para validar o descartar unidades ofertadas por los postores.
La consecuencia fue directa: al aplicar ese criterio, se redujo la cantidad de vehículos considerados válidos para algunos participantes y cambió el puntaje asignado en el factor de mejoras. Galaga obtuvo el máximo puntaje en ese componente y terminó ocupando el primer lugar en el orden de prelación.
Para la Contraloría, el uso de un criterio no previsto afectó principios básicos de las contrataciones públicas, como igualdad de trato, transparencia y competencia. En simple: las propuestas no habrían sido evaluadas únicamente bajo las reglas establecidas desde el inicio.
Ese es el punto que le da peso al informe. No se trata solo de una comparación de montos, sino de una evaluación que, según el órgano de control, incorporó una regla posterior con impacto en el resultado.
Vehículos de terceros y posibles responsabilidadesEl informe también revisa cómo se ejecutó el servicio después de la adjudicación. Aunque el proceso exigía acreditar vehículos propios, la empresa terminó prestando el servicio con 477 unidades, de las cuales 437 eran de terceros.
Ese dato agrava las observaciones porque el requisito de contar con vehículos propios estaba vinculado a la capacidad operativa del contratista. Para la Contraloría, no bastaba con ofrecer unidades en el papel: el proveedor debía demostrar condiciones reales para garantizar el servicio.
El órgano de control identificó presunta responsabilidad administrativa funcional en funcionarios que participaron en la elaboración, revisión, aprobación y evaluación del proceso. La observación central es que la ONPE adjudicó un contrato millonario luego de aplicar un criterio que no estaba contemplado en las bases y pese a que existían ofertas más económicas.
El caso forma parte de un informe más amplio sobre la logística electoral de la primera vuelta. El documento también analiza los retrasos en la distribución del material electoral y la aprobación de prestaciones adicionales para el repliegue de equipos informáticos.