Lo que El Niño arrastró: Una inesperada especie aparece en la costa norte del Perú y el gobierno no la quiere dejar ir
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) de Perú promulgó un régimen especial temporal que habilita la captura de la anchoa plateada (Anchovia macrolepidota) ante la incidencia del Fenómeno El...
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) de Perú promulgó un régimen especial temporal que habilita la captura de la anchoa plateada (Anchovia macrolepidota) ante la incidencia del Fenómeno El Niño Costero, según la Resolución Ministerial N° 00266-2026-PRODUCE.
Esta medida, sustentada por recomendaciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y la alerta vigente de la Comisión Multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño - ENFEN, responde a las alteraciones en la disponibilidad de recursos hidrobiológicos asociadas al evento climático.
Objetivo y aplicación del nuevo régimen pesqueroEl régimen permite la extracción de anchoa plateada, también conocida como anchoa ancha, para embarcaciones de hasta 32,6 m³ de capacidad de bodega que cuenten con permiso vigente.
La medida rige desde el día posterior a su publicación y podrá mantenerse hasta el 30 de abril de 2027, aunque ese plazo puede variar según los reportes científicos que presente el IMARPE.
La decisión responde al incremento temporal de especies tropicales y subtropicales en el mar peruano debido a El Niño Costero, fenómeno que, de acuerdo con el IMARPE, “favorece la presencia y disponibilidad de recursos que no son habituales en la pesca tradicional”.
El organismo recomendó iniciar de inmediato actividades de campo para observar y documentar la dinámica de estos recursos, de acuerdo con la resolución.
Condiciones y controles para la captura de anchoa plateadaLas embarcaciones autorizadas deberán emplear artes y aparejos distintos a los tradicionales, salvo los expresamente prohibidos por la normativa vigente, y solo podrán descargar en puntos habilitados por la autoridad.
Los armadores tendrán que entregar reportes detallados de sus capturas, zonas de pesca y métodos utilizados, además de facilitar la labor de técnicos del IMARPE para la toma de muestras y el monitoreo biológico de la especie.
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (DGSFS – PA) tendrá la facultad de suspender o dar por concluido el régimen especial si la evidencia científica así lo exige, o en todo caso al llegar el 30 de abril de 2027.
La participación en el régimen no otorga derechos de acceso permanente a la pesquería de la especie, según lo dispuesto por el Ministerio de la Producción.
Listado de especies y medidas de fiscalizaciónEl anexo de la resolución detalla que, por el momento, la única especie habilitada bajo este régimen es la Anchovia macrolepidota, de la familia Engraulidae. Sin embargo, cartera podrá ampliar o modificar este listado mediante resoluciones adicionales, de acuerdo con la evidencia que aporte el IMARPE.
Vale precisar que el Perú no registra una pesca industrial ni cifras oficiales de captura comercial masiva para la Anchovia macrolepidota.
Esta especie habita de manera ocasional en la zona norte del litoral peruano, cerca de la desembocadura de ríos y manglares, pero aparece solo como captura incidental muy menor o de tipo artesanal local, sin estadísticas comerciales propias de gran escala.
En el país, la anchoa plateada no es un recurso objetivo de la gran industria pesquera. La industria nacional se concentra en la anchoveta común (Engraulis ringens), cuyos límites de captura se determinan por temporadas y bajo estricta regulación oficial.