Los fraudes informáticos se disparan en Panamá: los casos aumentaron 313% en un año
Las denuncias por estafas y otros fraudes aumentaron 14% en Panamá entre enero y julio de 2026, al pasar de 3.482 en igual período del año pasado a 3.970 este año. Los registros del Mini...
Las denuncias por estafas y otros fraudes aumentaron 14% en Panamá entre enero y julio de 2026, al pasar de 3.482 en igual período del año pasado a 3.970 este año.
Los registros del Ministerio Público muestran que la estafa continúa siendo, por amplio margen, el delito más denunciado dentro de esta categoría, aunque los fraudes relacionados con sistemas informáticos presentan el crecimiento más acelerado.
De las 3.970 denuncias acumuladas hasta julio, 3.675 correspondieron a estafas, 190 a modificación o manipulación de programas informáticos y 79 a estafas agravadas.
También se contabilizaron 18 casos relacionados con prendas o hipotecas sobre bienes ajenos, siete por fraude en servicios públicos y uno por alteración o manipulación de instrumentos de medición.
El mayor incremento se produjo en los delitos relacionados con sistemas informáticos. Las denuncias por modificación o manipulación de programas informáticos pasaron de 46 a 190, un salto de 313% en un año.
El delito, contemplado en el artículo 226 del Código Penal, se refiere a alterar, modificar o manipular programas, bases de datos, redes o sistemas informáticos con el propósito de obtener un beneficio indebido en perjuicio de otra persona. A diferencia de una estafa tradicional basada principalmente en el engaño, en estos casos el mecanismo utilizado es la intervención de un sistema informático para conseguir el provecho ilícito.
Las estafas comunes aumentaron 10%, de 3.330 a 3.675, mientras las estafas agravadas disminuyeron 13%, al pasar de 91 a 79 casos.
Aunque comúnmente se habla de estafas y fraudes como si fueran lo mismo, el Código Penal panameño distingue diferentes conductas y establece sanciones específicas. La estafa ocurre cuando una persona utiliza el engaño para obtener para sí o para un tercero un beneficio ilícito que perjudica patrimonialmente a otra persona.
Desde mayo de 2026, la pena es de tres a seis años de prisión, tras la entrada en vigencia de la Ley 524.
La legislación también contempla circunstancias que pueden aumentar hasta en un tercio la sanción por estafa, entre ellas abusar de relaciones personales o profesionales, cometer el delito mediante medios cibernéticos o informáticos y utilizar la identidad de otra persona para obtener beneficios.
La reforma de 2026 también incorporó nuevos supuestos agravantes, endureciendo el tratamiento penal de estas conductas.
Una categoría distinta es la estafa agravada, cuya pena aumentó de siete a doce años de prisión. Se aplica, entre otros casos, cuando el perjuicio patrimonial supera los $100.000, cuando el delito es cometido por apoderados, gerentes o administradores aprovechando sus funciones o cuando afecta a la administración pública bajo las condiciones establecidas por la ley.
Los otros fraudes contemplados por la legislación responden a mecanismos diferentes. El cobro indebido de un seguro se castiga con prisión de dos a seis años cuando una persona destruye, daña o hace desaparecer deliberadamente un bien asegurado para obtener el pago.
El Ministerio Público no registró denuncias por este delito entre enero y julio de 2026, frente a cinco durante igual período de 2025.También constituye un delito disponer de un bien dado en prenda o hipoteca como si estuviera libre de esa obligación, o constituir una garantía de este tipo sobre un bien ajeno.
Esta conducta tiene una pena de cuatro a seis años de prisión y las denuncias aumentaron de dos a 18 en un año, según las estadísticas del Ministerio Público.El fraude en servicios públicos ocurre cuando una persona utiliza, consume o capta sin autorización servicios como energía, agua o telecomunicaciones, entre otros contemplados por el Código Penal.
La conducta se sanciona con uno a dos años de prisión y puede alcanzar de dos a cuatro años cuando existe transmisión, retransmisión o distribución ilegal. Hasta julio se presentaron siete denuncias, una menos que en 2025.Otra modalidad consiste en alterar o manipular instrumentos de medición o realizar conexiones ilegales para facilitar la captación no autorizada de servicios.
La legislación establece una pena de dos a tres años de prisión, además de otras sanciones previstas por la norma bajo determinadas condiciones. Solo una denuncia de este tipo fue registrada durante los primeros siete meses de 2026.La modificación o manipulación de programas informáticos constituye una conducta diferente a la estafa convencional.
Geográficamente, Panamá concentró 2.296 de las 3.970 denuncias registradas en el país, cerca del 58% del total. Le siguieron Panamá Oeste con 526, Chiriquí con 351, San Miguelito con 207 y Colón con 151. Los Santos registró el mayor crecimiento porcentual entre las principales jurisdicciones, con 34%, seguido de Panamá Oeste con 33% y Colón con 29%.