Hablemos de discapacidad
Hola, ¿cómo estás? Espero que estés pasando un buen fin de semana.Esta semana que pasó se habló mucho de las personas con discapacidad. Lamentablemente, porque el sistema de prestacion...
Hola, ¿cómo estás? Espero que estés pasando un buen fin de semana.
Esta semana que pasó se habló mucho de las personas con discapacidad. Lamentablemente, porque el sistema de prestaciones que muchas de estas personas necesita está en crisis.
Una de las cuestiones centrales es que los aranceles que cobran las personas que prestan algún apoyo o terapia es tan bajo que hay especialistas que evalúan salir del sistema o no pueden sostener la calidad mínima de la prestación.
Esos aranceles los fija el Estado nacional y los pagan las prepagas y obras sociales. Lo estoy resumiendo al extremo, pero podés conocer más sobre esta crisis en este link.
Pero de lo que más me interesa hablarte hoy es sobre las prestaciones en sí. ¿Cuáles son los apoyos que ofrece el Estado para igualar las oportunidades de las personas con discapacidad? ¿Qué acompañamiento necesitan muchos chicos para poder cursar en escuelas comunes? ¿A qué prestaciones pueden acceder durante toda su vida? ¿En qué ocasiones pueden cobrar una pensión?
Esta semana Lorena Oliva, periodista de Comunidad, hizo un trabajo codo a codo con las especialistas en discapacidad de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) para poder armar una guía que contesta las preguntas que puse más arriba y otras más.
Voy a contarte lo que me pareció clave, pero si querés leer toda la guía, entrá en este link.
Primero, algunos datos:
en Argentina hay cerca de 1.600.000 personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), tal como lo detallan los últimos reportes de la Agencia Nacional de Discapacidad. Solo el 9% de las personas mayores de 18 años o más con CUD tiene un trabajo formal. Solo el 60% de los chicos con discapacidad estudian en escuelas comunes.Ahora, así tres ideas que encontré en la guía y que me perecieron esclarecedoras:
1Los tratamientos, la medicación y el equipamiento que requiera una persona con discapacidad deben ser cubiertos en su totalidad por la obra social o prepaga, según la legislación vigente.
Esta cobertura incluye terapias como fisioterapia, fonoaudiología o psicopedagogía, por citar algunas; prótesis y ortesis; y dispositivos o ayudas técnicas como sillas de ruedas o camas ortopédicas, entre otros. También deben ser cubiertos al 100% los medicamentos vinculados con la discapacidad.
“Las personas con discapacidad requieren en mayor medida de prestaciones, terapias y medicamentos de manera sostenida y a lo largo del tiempo. Arancelar de alguna forma ese acceso, aunque sea parcialmente, sería una barrera enorme de acceso para muchas personas, tanto por el alto costo como por la necesidad intensa de estas prestaciones en el tiempo”, explica Belén Arcucci, coordinadora del programa Derechos de las Personas con Discapacidad de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).
2Si la persona con discapacidad no tiene obra social ni prepaga pero es beneficiaria de una pensión no contributiva (ahora te lo cuento más abajo), puede acceder al programa federal Incluir Salud.
Se trata de un sistema por el que el Estado nacional brinda asistencia financiera a las provincias para que otorguen cobertura médica y asistencial a personas con discapacidad beneficiarias de una pensión no contributiva. La cobertura la da una red de prestadores contratada por cada provincia para atender específicamente a esta población.
3En el AMBA, las personas con discapacidad pueden viajar sin costo en subtes, colectivos y trenes de corta y media distancia presentando el CUD y una tarjeta SUBE.
En otras jurisdicciones, puede solicitarse que previamente se gestione un pase libre en la empresa de colectivos en la que se desea viajar.
Para viajar sin costo en micros de larga distancia, hay que sacar el pasaje en la terminal 48 horas antes o hacer la gestión en la web de la CNRT.
“Para muchas personas con discapacidad, el auto no es un lujo sino que, como los medios de transporte público no son accesibles, no tienen otra alternativa más que viajar en auto. La exención del pago de peaje no es un privilegio sino que refleja una falencia del Estado de garantizar la plena accesibilidad, al mismo tiempo que la mayoría de las personas con discapacidad están excluidas del mercado laboral y viven en situación de pobreza”, dice Arcucci.
4Para quienes no pueden acceder a un empleo formal, el Estado contempla el otorgamiento de una pensión no contributiva, que se conoce como “pensión por invalidez laboral”.
Esa pensión hoy equivale al 70% de la jubilación mínima. Según la última reglamentación, de septiembre de 2024, para acceder a esta prestación, el beneficiario de la pensión debe acreditar un 66% de “incapacidad laboral”, junto con otros requisitos, como no recibir ningún tipo de jubilación, pensión o retiro.
“La reglamentación actual del sistema de pensiones, que se basa en la idea de que hay personas que son válidas o no válidas para el trabajo, y que esto puede medirse basándose en diagnósticos médicos sin contemplar las barreras sociales, es contraria a la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad y no garantiza el derecho a la protección social. Dicho de otra forma, hay miles de personas con discapacidad que no cumplirían con lo que desde el punto de vista médico se considera ‘un 66% de incapacidad laboral’, pero que son igualmente discriminadas en el acceso al empleo por estereotipos, falta de accesibilidad y de apoyos. El mercado de trabajo es uno de los ámbitos donde la exclusión de este colectivo se torna más evidente”, asegura Arcucci.
5Que los niños, niñas y adolescentes con discapacidad puedan estudiar en escuelas comunes es un derecho con jerarquía constitucional, es decir que está por encima de cualquier otra ley o norma.
Según la ley 24.901, las obras sociales o prepagas son las encargadas de proveer los apoyos educativos que los niños, niñas o adolescentes necesiten, como maestros de apoyo, acompañantes no docentes o intérpretes en lengua de señas.
“El derecho a la educación inclusiva supone que todas las personas estén en los mismos espacios; es el derecho de aprender y progresar en igualdad de condiciones, en espacios que no reproduzcan la segregación sino que reflejen la diversidad que hay en la sociedad”, sostiene Arcucci,
“La educación inclusiva no es un beneficio para los chicos con discapacidad. Es un derecho para todos los chicos, con y sin discapacidad. Si la sociedad es una, la escuela debe ser una también”, sostiene Jimena Noziglia, integrante del Grupo Artículo 24, una coalición de más de 150 organizaciones de la sociedad civil que trabajan para garantizar el acceso a la educación inclusiva.
Eso es todo. Si querés conocer la guía completa, podés leerla en este link.
Buen fin de semana y saludos,
Javier
Fuente: https://www.lanacion.com.ar/newsletters/comunidad/hablemos-de-discapacidad-nid07062025/