La reforma laboral y el olvidado Código del Trabajo
Tras la victoria en las elecciones de medio término, el Gobierno anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para reformar la legislación laboral, cuya principal norma, la Ley de Contrat...
Tras la victoria en las elecciones de medio término, el Gobierno anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para reformar la legislación laboral, cuya principal norma, la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, N° 20.744), data de 1974, aunque ha sido modificada a lo largo del tiempo. ¿Acaso alguien se acuerda del Código del Trabajo?
En los años 40, cuando la discusión sobre los derechos sociales alcanzaba su auge en nuestro país, la reforma constitucional del ‘49 incorporó al texto supremo los llamados “derechos de segunda generación”, relativos a la protección del trabajo -como las condiciones dignas y la retribución justa-, a la participación sindical, y a la seguridad social.
Así las cosas, poco tiempo después -y con un golpe de Estado de por medio-, en 1957 una nueva reforma constitucional deja sin efecto las disposiciones de 1949, principalmente debido a las cuestionables supremacías que ésta otorgaba al Poder Ejecutivo. A pesar de ello, los constituyentes dejaron a salvo los derechos sociales, consagrándolos en el reconocido art. 14 bis, que se mantiene hasta nuestros días.
Esta modificación de nuestra Constitución no sólo hizo hincapié en la vigencia plena de estos derechos, sino que además estableció como una obligación del Congreso dictar, “en cuerpos unificados o separados”, los Códigos “del Trabajo y Seguridad Social”, según reza el actual art. 75, inc. 12.
Es menester destacar que la esencia de la codificación del Derecho es agrupar la legislación de una materia en un texto sistematizado, único y organizado, con capacidad de aunar posturas y facilitar la aplicación de la ley. Sin embargo, codificar significa, por sobre todas las cosas, dar a la ley estabilidad y continuidad en el tiempo. Lamentablemente, en materia laboral, esta deuda constitucional alcanza ya 68 años de retraso.
En la actualidad, las normas que regulan el trabajo se encuentran diseminadas por todo el ordenamiento jurídico. A modo de ejemplo, no sólo tenemos la LCT, sino que también la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo (N° 19.587), la Ley de Riesgos del Trabajo (N° 24.557), y más recientemente, la Ley de Teletrabajo (N° 27.555), entre otras. Cada una de ellas tiene, además, sus reglamentaciones -entre decretos y resoluciones-, modificaciones y derogaciones.
La dispersión normativa en general, pero principalmente en el caso que hoy tratamos, acarrea problemas de seguridad jurídica tanto en el ámbito judicial y de la abogacía como en el económico y el comercial, pues la incertidumbre de saber que cada nuevo gobierno vendrá a cambiar las reglas del juego espanta a las inversiones y posiciona a nuestra república como un territorio de dificultosa previsibilidad.
En estos momentos donde estamos discutiendo una actualización y reforma del régimen laboral en la Argentina, sería muy sano para nuestro país avanzar con la creación del Código del Trabajo que nuestra Constitución nos impone, estableciendo principios generales aplicables de forma transversal, adoptando criterios jurisprudenciales y apostando por una modernización del trabajo que se alinee con nuestras disposiciones constitucionales y los tratados internacionales que hemos suscrito.
La madurez institucional que la sanción del Código del Trabajo demostraría de cara a la sociedad y ante el mundo abriría la puerta no sólo para la continuación de otras codificaciones –como de la seguridad social y de la materia tributaria–, sino que también para la llegada de capitales extranjeros y locales que traerán el ansiado crecimiento económico que nuestra población necesita, pues verán que la Nación Argentina no volverá jamás a la improvisación y al subdesarrollo de las leyes.
Coeditor de la Revista Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador
Fuente: https://www.lanacion.com.ar/opinion/la-reforma-laboral-y-el-olvidado-codigo-del-trabajo-nid14112025/