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Qué pasó con la demanda colectiva por jubilaciones que la Corte Suprema rechazó tras 16 años

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda colectiva que buscaba el ajuste de jubilaciones, tras un trámite que se extendió por 16 años. Este pronunciamiento judicial subr...

Qué pasó con la demanda colectiva por jubilaciones que la Corte Suprema rechazó tras 16 años

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda colectiva que buscaba el ajuste de jubilaciones, tras un trámite que se extendió por 16 años. Este pronunciamiento judicial subr...

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda colectiva que buscaba el ajuste de jubilaciones, tras un trámite que se extendió por 16 años. Este pronunciamiento judicial subraya la importancia de la designación del Defensor del Pueblo, cargo vacante por más de 15 años. El máximo tribunal también instó al Congreso Nacional a legislar sobre los procesos colectivos, un marco legal necesario para este tipo de acciones.

Qué implicaba la demanda colectiva y por qué fue rechazada por la Corte

La demanda, iniciada en 2009 por Eduardo Mondino, entonces Defensor del Pueblo, buscaba extender los alcances del “Caso Badaro” a todos los jubilados y pensionados mediante un amparo colectivo. Sin embargo, la Corte rechazó esta pretensión.

Los argumentos principales fueron que el Defensor del Pueblo carecía de legitimación para representar colectivamente en cuestiones patrimoniales y que las circunstancias han cambiado significativamente en los 16 años transcurridos.

Juan Fantini, camarista de la Sala 2 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, comentó sobre el fallo: “El fallo era necesario; salió a destiempo, 16 años después; como no se cubre desde hace décadas el cargo de defensor del pueblo y como, en el medio, hubo una reparación histórica, hoy no se puede más que rechazar el planteo”.

En un voto conjunto, los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz explicaron que durante el trámite de la demanda se establecieron pautas en la Corte sobre los procesos colectivos. Además, una ley ya intentó dar respuesta a los jubilados en sintonía con el fallo Badaro. Por ello, la Corte Suprema sostuvo que el amparo no era la vía admisible ni estaba claro el alcance del grupo afectado.

La Corte también recordó una declaración de hace 15 años en el caso “Halabi”: el Congreso de la Nación debe sancionar una ley que reglamente el ejercicio de los procesos colectivos.

La opinión de Ricardo Lorenzetti y la falta de legitimación del Defensor del Pueblo

El juez Ricardo Lorenzetti, con las mismas exhortaciones, opinó que “la extensa demora en la resolución de esta causa se debió, fundamentalmente, a la prolongada acefalía en el cargo de Defensor del Pueblo de la Nación”.

Lorenzetti agregó que la Defensoría del Pueblo no tenía legitimación para representar colectivamente a los jubilados afectados. Según su análisis, “la regla es que los titulares de un derecho a la movilidad jubilatoria pueden accionar individualmente ante la omisión del cumplimiento por parte del Estado y por consiguiente, el Defensor del Pueblo de la Nación no tiene legitimación para sustituirlos en cuestiones patrimoniales, ya que no hay ninguna ley que así lo establezca”.

También afirmó que los afectados eran “personas que no se encuentran en el extremo inferior de la escala de haberes previsionales”. Ellos “pueden eventualmente ejercer individualmente las acciones que estimen pertinentes en procura de la protección de su derecho a la movilidad previsional frente a las omisiones aquí denunciadas por el pretensor”.

La implicancia de la Ley de Reparación Histórica

Los jueces Rosatti y Rosenkrantz sumaron dos frentes a considerar. Por un lado, los afectados que promovieron demandas individuales y tuvieron éxito en estos años. Por otro, la sanción de la Ley de Reparación Histórica (Ley 27.260). Esta ley, enviada al Congreso por el Gobierno de Mauricio Macri, buscaba sanear la situación abierta con el fallo Badaro.

Se dispuso que la movilidad del haber previsional para el período comprendido entre el 1° de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006 debía calcularse con el índice salarial del INDEC para aquellos que adhirieran al programa establecido por esa ley, que incluía la renuncia a reclamos judiciales. La sanción de la Ley de Reparación Histórica modificó las circunstancias existentes en el momento de la promoción de la acción colectiva.

Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/que-paso-con-la-demanda-colectiva-por-jubilaciones-que-la-corte-suprema-rechazo-tras-16-anos-nid27082025/

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