Qué dice el fallo de la AFA contra Estudiantes por el “espaldazo” durante el pasillo a Rosario Central
...
La AFA emitió un severo fallo contra Estudiantes de La Plata por el “espaldazo” que el plantel realizó a Rosario Central en protesta por el titulo que Claudio “Chiqui” Tapia le entregó al Canalla por liderar la tabla anual.
En primer lugar, el organismo suspendió por seis meses a Juan Sebastián Verón, presidente del club, por infracción al artículo 12 del Código Disciplinario, lo que le impide participar de actividades vinculadas al fútbol.
El Tribunal también castigó con dos fechas de suspensión a los once titulares que realizaron el pasillo cuestionado: Fernando Muslera, Agustín Gómez, Santiago Núñez, Tiago Palacios, Facundo Farías, Leandro González Pírez, Santiago Arzamendia, Edwuin Cetré, Lucas Piovi, Cristian Medina y Mikel Amondarain.
La resolución emitida desde la Asociación del Fútbol Argentina establece además una medida particular contra el líder del conjunto con sede en La Plata: Santiago Núñez no podrá ejercer la capitanía durante tres meses, en función de su rol de liderazgo y las atribuciones disciplinarias del Tribunal.
Con respecto a lo económico, multaron al Pincha con 4.000 v.e. (valor entrada) por “conducta ofensiva” y violación de los principios del juego limpio, en línea con lo establecido por el artículo 12.
Por último, el organismo dispuso continuar las actuaciones respecto de los demás miembros de la Comisión Directiva, con el objetivo de determinar si corresponden nuevas responsabilidades disciplinarias por los hechos.
Estas sanciones se cumplirán en el próximo torneo oficial que dispute el plantel profesional masculino y sólo sobre partidos efectivamente jugados, para evitar distorsionar la competencia en curso.
El fallo, punto por puntoSancionar al presidente del Club Juan Sebastián Verón con una suspensión de seis (6) meses para toda actividad relacionada con el fútbol, por infracción al art. 12 del Código Disciplinario.Sancionar con dos (2) fechas de suspensión a los jugadores del Club Estudiantes de La Plata que participaron del pasillo de homenaje y adoptaron la conducta reprochada, individualizados en las presentes actuaciones —entre ellos Muslera Micol Néstor Fernando, Gómez Román Agustín, Núñez Santiago Misael, Palacios Tiago Asael, Farías Facundo Hernán, González Pírez Leandro Martín, Arzamendia Santiago Daniel, Cetre Angulo Edwuin Stiven, Piovi Lucas Ezequiel, Medina Cristian Nicolás y Amondarain Mikel Jesús— por infracción al art. 12 del Código Disciplinario.Disponer que las suspensiones impuestas en el punto 2° se computarán en el próximo torneo oficial en el que el Club Estudiantes de La Plata intervenga con su plantel profesional masculino, debiendo cumplirse sobre la base de partidos efectivamente disputados por el equipo y de modo tal que la sanción resulte proporcionada y no afecte la integridad de la competición en curso.Imponer al jugador n.º 6, Núñez Santiago Misael, capitán del primer equipo del Club Estudiantes de La Plata, además de la sanción establecida en el punto anterior, la prohibición de ejercer la función de capitán de cualquier equipo oficial del citado club por el término de tres (3) meses, como medida accesoria fundada en su especial condición de liderazgo y en las facultades disciplinarias de este tribunal.Sancionar al Club Estudiantes de La Plata con multa de cuatro mil (4.000) v.e., por conducta ofensiva y violación de los principios del juego limpio, al haberse desnaturalizado el pasillo de homenaje al campeón mediante gestos colectivos de desprecio, en los términos del art. 12 del Código Disciplinario.Disponer la continuación de las presentes actuaciones respecto de los restantes miembros de la Comisión Directiva del Club Estudiantes de La Plata, a fin de determinar, en su caso, las responsabilidades disciplinarias que pudieran corresponderles en relación con los hechos investigados.La investigación y un “misterioso” boletínEl pasado lunes, AFA abrió un expediente contra Estudiantes por lo sucedido en Rosario. El mismo Tribunal de Disciplina, presidido por Fernando Mitjans y con Sergio Fernández como vicepresidente, inició las actuaciones bajo el número 6793 Bis “de oficio” conforme al artículo 51 del reglamento.
Según la comunicación oficial emitida entonces, se investigaba “el comportamiento asumido por el plantel del Club Estudiantes de La Plata antes del inicio del encuentro (…) en relación con el protocolo de homenaje previsto en las resoluciones de la Asociación”. El Tribunal le otorgó 48 horas a Estudiantes, a su Comisión Directiva, a su presidente Juan Sebastián Verón y al capitán Santiago Núñez para presentar su defensa.
Además, convocó en el mismo plazo a los jugadores Fernando Muslera, Román Gómez, Santiago Núñez, Tiago Palacios, Facundo Farías, Leandro González Pires, Santiago Arzamendia, Edwuin Cetré, Lucas Piovi, Cristian Medina, Mikel Amondarain y Lucas Alario para que indiquen si recibieron instrucciones específicas.
Por las mismas horas se había dado a conocer también el 6625 -con fecha de febrero de 2025- donde el organismo que lidera Tapia establecía la obligatoriedad del pasillo. Disponía asimismo que el reconocimiento deba realizarse al campeón en el primer encuentro del club anfitrión como local.
El protocolo indicaba que los futbolistas homenajeados deben ingresar entre dos hileras de jugadores rivales, quienes deben permanecer en su lugar, mirando hacia el corredor central, sin realizar gestos ni conductas que alteren el desarrollo del acto. También se prohíben expresiones ofensivas o provocaciones.
El tema escaló a mayores cuando se pudo verificar que el contenido de ese archivo PDF había sido creado a las 19.21 del mismo día en que Estudiantes enfrentó a Central en el Gigante de Arroyito.
El polémico Boletín 6625 de la AFALa Asociación del Fútbol Argentino, ante tanto revuelo, emitió un comunicado en el que se defendió de las acusaciones: “Los Boletines Oficiales de la Asociación del Fútbol Argentino tienen números correlativos. En el caso que nos ocupa, el Boletín 6625 del 12.02.2025, tiene correlación tanto en número como en su fecha de publicación, la cual no puede ser alterada en virtud de los Boletines publicados con anterioridad y a continuación”.
Y concluyó: “Asimismo, según puede observarse en el Boletín 6661 del 03.04.2025, el precitado Boletín 6625 del 12.04.2025 se encuentra entre todas las Resoluciones adoptadas y aprobadas por el Comité Ejecutivo.De lo expuesto, claramente se advierte que el Boletín 6625 y los temas en el tratados corresponden al 12 de febrero de 2025, tal como se encuentra publicado en la página oficial de la Asociación del Fútbol Argentino”.